TRAITE DES
BENEDICTIONS, Œuvres posthumes.
“El objeto de la disolución de la materia es devolver a todos los
seres el libre ejercicio de las leyes de su naturaleza primera, restituir los
seres divinos a la simplicidad de su acción divina, haciendo cesar en ellos la
división a la que están sometidos durante la duración del tiempo entre la
acción divina que les es propia y la acción temporal que solo es pasajera; es
el de devolver a los seres espirituales-temporales su propiedad primitiva que
es la de participar en el culto eterno del Creador, es decir, presentarle
espiritualmente, y sin interrupción, el cuadro fiel y los frutos gloriosos de
las leyes que Él les ha dado, cosas que sólo pueden ser hechas en la actualidad
por hechos materiales, pero que son hechas no obstante con exactitud, porque
son los mismos seres y las mismas leyes y sólo existen en el número de su poder que ha sido
restringido; finalmente, es para devolver a los esclavos prevaricadores la luz
de la que han sido privados por los poderes tenebrosos de la materia; es para
reducir su servidumbre, restableciéndoles en sus primeros principios de virtud
divina, que los justos pagan también tributo a la justicia eterna en la sombra
de su reconciliación, preparando para esta misma reconciliación a los impíos
sobre los cuales el número de
molestación será más riguroso, tras la destrucción de la materia, que el que
haya sido durante su duración; en una palabra, es para restablecer la armonía
universal, devolviendo todo a la unidad”.